sábado, 24 de octubre de 2020

NO ESTAMOS SOLOS - EL MUNICIPIO NOS ACOMPAÑA EN TODO ESTE PROCESO

En el transcurso de varios encuentros, el personal municipal que más ha trabajado junto a nosotros permitió generar espacios de intercambio de información sobre la problemática del agua en el barrio. 

Los vecinos junto al personal de AySA, INAES y el Ministerio del Interior de Obras Públicas y Vivienda (actualmente denominado Ministerio de Obras Públicas) participamos de diversos talleres para aprender a conformar una cooperativa y entender la importancia de la obra que se estaba realizando en el complejo habitacional comprendido por los Barrios VITUN I, VITUN PLAN 4A , 4B y VIPERMU de Longchamps. 

En una de las reuniones vecinales antes mencionadas nos informaron de la Ordenanza N°11.619, esta sería uno de los marcos legales que contamos, en sus artículos se refiere a las organizaciones civiles y las cooperativas 

ARTICULO 1º: El Municipio de Almirante Brown, reconoce y promueve la formación de …………………… Asociaciones Civiles sin fines de lucro y/o Cooperativas conformadas por los vecinos del Barrio o Complejo Habitacional que habiten, constituidas para la administración de sus servicios comunes y el mejoramiento de su calidad de vida, sobre la base de principios de participación democrática y solidaridad vecinal .

 ARTICULO 2º: La creación de estas Asociaciones Civiles y/o Cooperativas es fomentada …………………. para los barrios y/o conjuntos habitacionales que se encuentren desvinculados del sistema AySA. 

ARTICULO 3º: El sostenimiento económico de estas asociaciones civiles y/o coop erativas, ………………….. de las obras y gastos que realicen, será sustentado por el aporte obligatorio de cada vecino asociado y beneficiario del servicio. La entidad podrá gestionar financiamiento y/o subsidios para tal fin. 

ARTICULO 4º: El Municipio de Almirante Brown no reconocerá más de una asociación civil ………………….. y/o cooperativa por barrio con el mismo objeto. A tal efecto se considerarán como límites de los barrios, los que surjan de los planos existentes con o sin aprobación, al momento de la constitución de la entidad. 

ARTICULO 5º: Serán miembros de la Asociación Civil y/o Cooperativa, los vecinos ……………………. poseedores, ocupantes y/o titulares de dominio de las unidades que habiten en el barrio o complejo habitacional. 

ARTICULO 6º: Las Asociaciones deberán solicitar ante la Dirección de Relaciones …………………….. Institucionales el reconocimiento municipal , cumpliendo los requisitos preestablecidos o que al efecto se establezcan, debiendo contar indefectiblemente con la correspondiente Personería Jurídica. 

ARTICULO 7º: Para el fiel cumplimiento de los objetivos propuestos, deberá surgir del ………………….. Estatuto de la Asociación Civil sin fines de lucro y/o Cooperativa conformada, la facultad expresa a fijar, cobrar y ejecutar las cuotas pactadas. 

ARTÍCULO 8º: Se faculta al Municipio, en caso de resultar pertinente, fiscalizar el ……………………. cumplimiento de las obligaciones contables, legales, reglamentarias y estatutarias a cargo de cada Asociación, constituida, pudiendo efectuar recomendaciones, observaciones y asesoramiento, en concordancia con lo previsto por la Ordenanza 3039. 

ARTICULO 9º: Será obligación para los vecinos acompañar el certificado de libre deuda …………………… extendido por la Asociación al momento de promover los trámites de escrituración y/o cambio de titularidad de sus viviendas. 

ARTICULO 10º: Dese al Libro de Ordenanzas, Comuníquese al Departamento Ejecutivo, ……………………. Publíquese y Oportunamente, ARCHIVESE.-

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